
FYI Gap-Elizalde-Audicon escala al puesto 27 del ranking nacional de auditoría y crece un 15,6% en 2024crece
junio 13, 2025¿Qué es VERIFACTU y qué cambia?
VERIFACTU es el nombre popular del RD 1007/2023, que impone requisitos técnicos a los sistemas informáticos de facturación para prevenir fraude y asegurar la trazabilidad. Entre los requerimientos destacan: huella digital, referencia al registro anterior, firma electrónica (cuando proceda), código QR para verificación con AEAT y posibilidad (no obligación) de remitir registros de forma inmediata a la AEAT (modo VERIFACTU).
¿A quién aplica y quién queda fuera?
Aplica a: quienes tributen por Impuesto sobre Sociedades o por IRPF en actividades económicas, de forma directa o indirecta, incluyendo UTEs, Comunidades de Bienes y entidades en atribución de rentas.
No aplica a:
- Quien expide facturas solo de forma manual (sin sistema informático).
- Adscritos al SII.
- Con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra.
- Exenciones por resolución respecto al RRSIF.
Nota importante IRPF: los alquileres que tributan como rendimientos del capital mobiliario no entran en estas obligaciones.
¿Dónde aplica?
En todo el territorio nacional salvo Administraciones Forales (Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra). También aplica a Canarias, Ceuta y Melilla.
¿En qué operaciones es obligatorio?
En principio, en todas las operaciones que exijan factura. No es obligatoria la expedición en:
- Operaciones exentas de IVA (con excepciones: sanitarias/hospitalización, entregas de inmuebles y bienes exentos por no deducibilidad del IVA soportado).
- Recargo de Equivalencia, salvo que se aplique estimación directa en IRPF.
- Régimen simplificado (con matices si el volumen de ingresos se usa para determinar el módulo).
- REAGP (con su recibo de reintegro).
- Financieras y seguros.
Ojo: si el cliente solicita factura, hay que emitirla y aplicar las obligaciones del Reglamento. En Recargo de Equivalencia o Régimen Simplificado se exige factura, por ejemplo, en venta de activos.
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
- IS: desde el 1 de enero de 2026.
- IRPF (actividades económicas): desde el 1 de julio de 2026.
¿Cómo cumplo?
Lo más sencillo es utilizar un programa certificado que cumpla el Reglamento. AEAT ofrece una aplicación gratuita válida para casos con bajo volumen de datos; el mercado también dispone de soluciones conformes que pueden integrarse con tus procesos.
¿Por qué importa?
Además del cumplimiento, evitas sanciones: 50.000 € por no tener un programa adecuado. Es, además, la antesala de la e-factura B2B. Si optas por enviar los registros a AEAT, podrás acceder a servicios adicionales; aunque el envío es opcional, la AEAT ha sugerido que es la mejor práctica.
Checklist exprés de implantación de Verifactu
- Identifica si te aplica (sociedad o AE en IRPF).
- Revisa tus flujos de facturación.
- Elige software certificado (o evalúa la opción AEAT).
- Define roles y permisos.
- Activa QR y encadenado.
- Prueba firma electrónica (si procede).
- Valida exportaciones y copias de seguridad.
- Documenta el procedimiento.
- Forma al equipo.
- Decide si enviarás registros a AEAT.




